El Gobierno busca flexibilizar el régimen para que los argentinos retiren los dólares “del colchón” y los incorporen al sistema financiero. Ese es el objetivo principal de los cambios incluidos en el nuevo proyecto de Inocencia Fiscal. Esta iniciativa aún debe ser enviada al Congreso.

Las modificaciones más importantes están orientadas a ampliar la cantidad de adherentes al régimen simplificado del impuesto a las Ganancias y recogen algunas recomendaciones que un grupo de contadores entregó hace más de una semana al ministro de Economía, Luis Caputo, y al titular de ARCA, Andrés Vásquez. Algunos de estos cambios ya habían sido anticipados por Clarín.
“Si bien los cambios en general son positivos porque otorgan mayor seguridad jurídica y fijan un plazo límite para la formalización de los dólares no declarados, no nos parece prudente que cualquier diferencia —por mínima que sea— en retenciones, percepciones, anticipos o pagos a cuenta haga decaer los beneficios”, explicó Alberto Mastandrea, socio de Impuestos de BDO.
El experto agregó: “Ahí está la letra chica del régimen: la ausencia de un umbral mínimo para esos conceptos convierte un simple error de imputación en una causa para perder el beneficio, equiparándolo a una maniobra deliberada y transformando esa previsión en una verdadera trampa para los contribuyentes”.
A continuación, las 10 claves del nuevo proyecto de Inocencia Fiscal:
1) Eliminación de topes
El régimen se amplía prácticamente a todos los contribuyentes. Desaparecen los límites de ingresos y patrimonio que funcionaban como topes. Ya no importa el tamaño del contribuyente, sino su residencia fiscal. El único que mantiene restricciones es el “gran contribuyente nacional”, que podrá declarar y pagar por esta modalidad, pero sin acceder a los beneficios de fondo.
2) Plazo con límites
Se establece una ventana hasta el 31 de diciembre de 2027 para exteriorizar fondos. La norma fija una fecha límite para declarar dinero no declarado sin costo por el pasado y sin que esa declaración se considere prueba en contra. “Aunque no lo dice explícitamente, funciona como una regularización con plazo”, señaló Mastandrea.
3) Bienes Personales
Los fondos se “nacen” el día en que se utilizan. Para el cálculo del impuesto, el dinero se considera incorporado al patrimonio en el momento de la operación, lo que evita la aplicación retroactiva del impuesto sobre Bienes Personales y la confesión de un patrimonio oculto. El plazo comienza a correr desde el día del depósito.
4) Bancarización
La obligatoriedad de canalizar las operaciones por medios autorizados por el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores pasa a tener rango de ley. Basta con que el dinero toque el sistema financiero formal en el origen o en el destino. Esta obligación ya existía por decreto; ahora se eleva a nivel legal.
5) Depositar deja de volverse en contra
Se eliminan dos presunciones de la Ley de Procedimiento Fiscal: la de incremento patrimonial no justificado y la de depósitos bancarios que superan lo declarado. Esta última solía penalizar a quienes ingresaban dinero al sistema financiero; con el cambio, declarar fondos deja de ser autoincriminatorio.
6) La carga de la prueba pasa al fisco
ARCA solo podrá basarse en la información declarada, en sus sistemas o en datos de terceros para efectuar observaciones. Cualquier otro tipo de consideración no tendrá valor probatorio. La determinación no podrá sustentarse en presunciones, sino únicamente en datos concretos.
7) Menor exigencia ante una “discrepancia significativa”
La diferencia que habilita a la Administración para revisar ya no se calcula sobre el saldo final —que inflaba cualquier ajuste—, sino sobre el impuesto total. Además, se incorpora un piso mínimo por debajo del cual la discrepancia no produce efecto. Este criterio también mejora el cálculo de la prescripción.
8) La letra chica
Un error mínimo puede hacer perder todo el beneficio. El régimen establece que también se perderá el beneficio por computar incorrectamente retenciones, percepciones, anticipos o pagos a cuenta, sin que exista un piso o porcentaje mínimo: basta un peso mal imputado. Así, se equipara un simple error al fraude deliberado.
9) Si el fisco pierde, devuelve con intereses
Si una determinación es anulada por decisión firme a favor del contribuyente, se restablece la presunción de exactitud y ARCA debe reintegrar lo pagado en un plazo de 45 días hábiles. El punto débil es que la tasa aplicada será la de repetición, que es la más baja del sistema.
10) Perdón de multas
Esta medida beneficia a quienes regularizaron antes de ingresar al régimen, a cambio de no presentar reclamos posteriores. Quienes pagaron el tributo e intereses por ajustes previos antes de adherir quedan eximidos de multas por omisión o defraudación, pero deben renunciar a reclamar lo pagado. Conviene para quienes enfrentaban ajustes indiscutibles, pero no para aquellos que contaban con defensas sólidas de fondo.
Escucha Fm | La Radio de la familia Tortuguitas – Malvinas Argentinas